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USCIS amplía permanentemente el tiempo de vigencia de un permiso de trabajo

El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) anunció hoy una nueva regla que extenderá de manera permanente el periodo de extensión automática de la autorización de empleo (EAD) para ciertos migrantes elegibles.

A partir del 13 de enero de 2025, el periodo de extensión se ampliará de los actuales 180 días a 540 días (18 meses o año y medio). Esta medida busca apoyar a empleadores estadounidenses y garantizar la continuidad laboral de miles de trabajadores elegibles mientras USCIS procesa sus renovaciones.

¿Quiénes son elegibles para la extensión de la vigencia del permiso de trabajo?

  1. Solicitantes de asilo pendiente (asylum applicants).
  2. Personas con estatus de refugiado (refugees).
  3. Individuos con permisos de permanencia temporal (temporary protected status o TPS).
  4. Personas en proceso de ajuste de estatus (solicitantes de residencia permanente).
  5. Otros no ciudadanos autorizados a trabajar bajo ciertas categorías migratorias que cumplan con los requisitos establecidos.

Requisitos para ser elegible a la extensión

  • Haber presentado su renovación de EAD antes de su vencimiento.
  • Pertenecer a una categoría de elegibilidad que califique para la extensión automática bajo las regulaciones de USCIS.

La extensión automática hasta el año y medio aplica a quienes presentaron solicitudes de renovación desde el 4 de mayo de 2022 y a quienes lo hagan en adelante.

En 2023 se había aumentado de dos a cinco años el periodo de validez de los EAD presentados por:

  • Refugiados y asilados: Personas admitidas como refugiados o a quienes se les ha concedido asilo en Estados Unidos.
  • Beneficiarios de suspensión de deportación o remoción: Individuos que han recibido una suspensión de deportación o remoción.
  • Solicitantes de asilo: Personas con solicitudes de asilo pendientes de resolución.
  • Solicitantes de ajuste de estatus bajo la sección 245 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA): Aquellos en proceso de obtener la residencia permanente legal.
  • Solicitantes de suspensión de deportación o cancelación de remoción: Individuos en procedimientos para obtener la suspensión de deportación o la cancelación de remoción.

Según el secretario de Seguridad Nacional, Alejandro N. Mayorkas, esta regla responde a la necesidad de fortalecer la economía y reducir la burocracia que afecta tanto a empleadores como a trabajadores. “Desde enero de 2021, la economía ha creado más de 16 millones de empleos. Esta medida asegurará que quienes están autorizados a trabajar puedan seguir contribuyendo al crecimiento económico del país”, declaró Mayorkas.

La directora de USCIS, Ur M. Jaddou, destacó que esta medida “ayudará a los empleadores a retener a sus trabajadores y evitar interrupciones innecesarias en la autorización de empleo”.

El costo de presentar el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, varía según la categoría de elegibilidad y el método de presentación:

  • Solicitud general:
    • Formato impreso: $520
    • Presentación en línea: $470
  • Solicitudes vinculadas a ajuste de estatus: $260 (solo en formato impreso)

Es importante verificar la tarifa exacta aplicable a su categoría antes de presentar la solicitud, ya que las tarifas pueden cambiar. Además, algunas categorías de solicitantes pueden estar exentas de pagar la tarifa del EAD, como solicitantes de asilo, refugiados y beneficiarios de programas humanitarios. Para obtener información actualizada y precisa, consulte el sitio web oficial de USCIS o la página G-1055, Desglose de Tarifas. 

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