El gobierno cubano aprobó una modificación legal que permite por primera vez la creación de empresas privadas con más de 100 empleados, tras la publicación del Decreto-Ley 133/2026 en la Gaceta Oficial.
La norma, divulgada el 2 de septiembre, cambia las reglas para las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), cooperativas no agropecuarias y trabajadores por cuenta propia, eliminando el límite anterior que frenaba la expansión de los negocios privados en la Isla.
La nueva legislación modifica los decretos ley 88, 89 y 90, que regulan las principales figuras económicas privadas existentes en Cuba. El texto oficial establece una nueva clasificación según la cantidad de trabajadores y reconoce una categoría para empresas que superen los 100 empleados.
Reforma permite ampliar el tamaño de los negocios privados
Con la actualización normativa, las microempresas quedan definidas como aquellas que tienen entre uno y diez trabajadores. Las pequeñas empresas tendrán de 11 a 35 empleados, mientras que las medianas abarcarán entre 36 y 100 trabajadores. Los negocios que superen esa cifra pasarán a ser considerados empresas privadas con más de 100 empleados.
La medida permite a estas entidades administrar sus bienes, decidir los productos y servicios que ofrecen, organizar sus plantillas laborales, realizar inversiones y establecer asociaciones con capital extranjero bajo las condiciones fijadas por las autoridades cubanas.
Uno de los cambios más relevantes es la autorización para realizar operaciones directas de importación y exportación. Sin embargo, los empresarios deberán contar previamente con la aprobación del Ministerio de Comercio Exterior e Inversión Extranjera.
La normativa también permite abrir establecimientos sin personalidad jurídica dentro o fuera de la provincia donde esté registrada la empresa.
Cubanos en el exterior podrán participar como socios
El nuevo marco legal incorpora además la participación de cubanos residentes fuera de la Isla. Estos podrán formar parte de empresas privadas nacionales como socios, siempre que cumplan los requisitos establecidos por la legislación.
La reforma también contempla la participación de extranjeros con residencia permanente en Cuba y regula procesos como la transformación de una mipyme en empresa privada cuando supere los 100 trabajadores, así como fusiones, divisiones y cierre de entidades.
Aunque amplía las posibilidades de crecimiento para los negocios particulares, el Estado mantiene mecanismos de supervisión sobre el sector. Las empresas deberán operar mediante cuentas bancarias, vender sus productos en pesos cubanos salvo excepciones legales, cumplir regulaciones energéticas y entregar información a los organismos oficiales.
Nuevas reglas para cooperativas y trabajadores por cuenta propia
El decreto también introduce cambios para las cooperativas no agropecuarias y los trabajadores privados. Las cooperativas podrán gestionar su patrimonio, acceder a financiamiento legal, definir servicios, fijar precios e invertir según las regulaciones vigentes.
En el caso de los trabajadores por cuenta propia, la norma permite que cubanos residentes en el extranjero desarrollen actividades privadas cuando no sea necesaria su presencia permanente en Cuba.
Además, familiares cercanos podrán brindar ayuda puntual en los negocios privados, aunque esta colaboración no podrá convertirse en una actividad continua. La normativa también regula el alquiler de viviendas y espacios, las obligaciones tributarias y las condiciones laborales para quienes contraten empleados.
Los trabajadores privados podrán ausentarse hasta tres meses al año para viajar al exterior, siempre que designen a una persona responsable del negocio y notifiquen la situación a las autoridades correspondientes.
La reforma entrará en vigor siete días después de su publicación oficial. Aunque representa una ampliación del espacio permitido para la iniciativa privada, el control estatal continúa como eje principal del modelo económico cubano.

