El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) anunció un aumento en las tarifas de varios trámites migratorios que entrarán en vigor el 1 de enero de 2026. Este ajuste responde a la inflación y sigue las directrices de la Ley H.R.1.
De acuerdo con el anuncio realizado en el Registro Federal, se aplicará un incremento promedio del 2.7%, afectando a diversas categorías de solicitudes migratorias.
Entre los trámites más impactados se encuentran las solicitudes de autorización de empleo (EAD) y el estatus de Protección Temporal (TPS). La tarifa para la solicitud inicial de EAD aumentará de $550 a $560, mientras que la renovación del TPS pasará de $275 a $280.
Una de las modificaciones más relevantes es el aumento de la tasa para mantener una solicitud de asilo pendiente. La tarifa anual para el formulario I-589 se incrementará de $100 a $102, aunque este cobro está suspendido temporalmente por una decisión judicial.
USCIS afirmó que los ingresos adicionales generados por estos ajustes se destinarán a cubrir sus costos operativos y la creciente carga de trabajo, especialmente en programas humanitarios.
| Tipo de Formulario | Nueva Tarifa ($) |
|---|---|
| Tarifa Anual de Solicitud de Asilo (AAF) | 102 |
| Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo – Documento Inicial de Autorización de Empleo (EAD) inicial del solicitante de asilo | 560 |
| Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo – EAD inicial bajo permiso de permanencia temporal | 560 |
| Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo – renovación o extensión del EAD bajo permiso de permanencia temporal | 280 |
| Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo – EAD del Estatus de Protección Temporal (TPS) inicial | 560 |
| Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo – Renovación o extensión del EAD bajo TPS | 280 |
| Formulario I-765, EAD tras renovación de parole | 280 |
| Formulario I-821, Solicitud de TPS | 510 |
| Tarifa de asilo I-589 (tarifa inicial para extranjeros que presentan una solicitud de asilo) | 100 |
| I-765, Renovación o Extensión del EAD del Solicitante de Asilo | 275 |
| I-360, Tarifa para Joven Inmigrante Especial | 250 |
USCIS exige que cada solicitud, petición o formulario se acompañe del pago correcto, salvo que el solicitante esté exento o califique para una dispensa. Los trámites pueden hacerse en línea, por correo o en oficinas de USCIS. Al presentar en línea, el sistema guía el pago mediante tarjeta o cuenta bancaria y suele aplicarse un descuento de 50 USD.
Por correo, se aceptan pagos con tarjeta (Form G 1450) o transferencia electrónica (Form G 1650). En oficinas, el pago se realiza vía pay.gov con tarjeta o transferencia; nunca en efectivo. Algunas solicitudes requieren tarifas adicionales obligatorias bajo la Ley Pública 119 21, no sujetas a dispensa y ajustadas anualmente. Las dispensas de tarifas se solicitan con el Form I 912, pero no aplican a las tarifas de la Ley 119 21.
