Cuba Inmigración Ley de Nietos

Ley de Nietos: Consulado de España amplia capacidad para procesar más expedientes de nacionalidad

Embajada-de-Cuba-en-Espana

El Consulado de España en La Habana anunció que a partir del 5 de mayo de 2025 se ampliarán las capacidades para recibir expedientes de nacionalidad española bajo la Ley de Memoria Democrática, más conocida como Ley de Nietos. Apremiados por la finalización de la vigencia de la normativa, pactada para octubre de 2025, cada semana habrá 336 citas adicionales, lo que representa un aumento del 27.2 % en la capacidad de atención.

La medida busca agilizar la recepción de expedientes, dada la magnitud del interés generado entre los descendientes de españoles residentes en Cuba.

Desde hace meses, abogados especialistas en extranjería han recomendado a los cubanos que aseguren su cita cuanto antes, aunque aún no cuenten con toda la documentación. La estrategia permite ingresar al sistema y posteriormente aportar los documentos requeridos en respuesta a un requerimiento oficial.

El Ministerio de Asuntos Exteriores de España informó que los expedientes iniciados podrán tramitarse hasta el año 2028. Sin embargo, recalca que es obligatorio solicitar una cita antes del 25 de octubre de 2025. El comprobante de cita actuará como respaldo legal ante cualquier eventualidad.

Según cifras oficiales, hasta el 28 de febrero de 2025, se han registrado 678.000 solicitudes de nacionalidad española en todo el mundo. De ellas, más de 300.000 corresponden a cubanos, lo que evidencia la dimensión de la herencia española en Cuba y la persistente búsqueda de alternativas para salir de Cuba ante la crisis económica y social del país.

Todos aquellos cubanos que se conviertan en españoles pueden solicitar en la misma sede consular de La Habana su pasaporte español. Dicho documento le abre las posibilidades de viajar sin visa a más de 180 países, además de establecerse permanentemente en territorio español.

Requisitos para obtener la nacionalidad española bajo la Ley de Nietos

  1. Descendencia directa de españoles originarios: Pueden optar a la nacionalidad española los nacidos fuera de España de padre, madre, abuelo o abuela que fueran originariamente españoles.
  2. Reconocimiento del exilio: Si el ascendiente perdió o renunció a la nacionalidad española como consecuencia del exilio por razones políticas, ideológicas, de creencia o de orientación sexual, el descendiente puede solicitar la nacionalidad.

Documentación requerida

• Solicitud oficial cumplimentada.
• Certificado de nacimiento del solicitante.
• Certificado de nacimiento del padre, madre, abuelo o abuela.
• Documentos que acrediten la condición de exiliado (pensiones, informes de organizaciones internacionales, certificaciones de partidos políticos o sindicatos).

    1 Comment

    • Nigdialys 26 de abril de 2025

      Pienso que es muy necesario enviar más credenciales y de forma continua pues no hacemos nada con tener citas disponibles y no poder adquirirlas por falta de credenciales si continuan con este sistema de trabajo dudo mucho que podamos tener cita antes del 20/ 10

    Deja una respuesta

    Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

    Cuba, EEUU, Inmigración

    EEUU reabre las

    Cuba, EEUU

    Embajada de EEUU

    Cuba

    EEUU sanciona a