La Asamblea Nacional del Poder Popular aprobó este jueves una nueva Ley de la Vivienda que modifica los derechos de propiedad, autoriza una mayor participación de negocios privados y cooperativas en la construcción y entrega nuevas competencias a los municipios. La reforma llega mientras Cuba acumula un déficit superior a 800.000 viviendas, agravado por la escasez de materiales, el deterioro de los edificios y la falta de inversiones.
El ministro de la Construcción, René Antonio Mesa Villafaña, presentó el proyecto durante el Séptimo Periodo Ordinario de Sesiones del Parlamento cubano. El documento cuenta con 16 capítulos, 190 artículos y tres disposiciones finales. Para su elaboración, las autoridades aseguraron haber revisado tratados internacionales, leyes cubanas y regulaciones vigentes en 15 países.
Cubanos podrán poseer más de una vivienda
La legislación reconoce el derecho de las personas naturales a ser propietarias de dos viviendas y de un tercer inmueble destinado de forma legal al descanso o al veraneo. La modificación reduce las restricciones impuestas durante décadas por el sistema socialista sobre la acumulación de propiedades residenciales.
Los dueños también podrán donar, intercambiar, transmitir o ceder partes de sus inmuebles con menos trámites administrativos. La norma admite contratos de comodato y permite transferir viviendas declaradas en ruina a individuos, empresas u organizaciones dispuestas a repararlas.
Asimismo, será posible ceder habitaciones o espacios entre casas colindantes, siempre que ambas conserven condiciones habitables. La ley autoriza construir en terrenos vacíos mediante el derecho de superficie y utilizar áreas residenciales para actividades económicas, luego de obtener los permisos correspondientes.
Eliminan confiscaciones por salida definitiva del país
Uno de los cambios más significativos es la eliminación de la confiscación de viviendas a quienes abandonen Cuba de manera definitiva. Durante años, esa medida permitió al Estado apropiarse de inmuebles pertenecientes a emigrados.
También desaparece la obligación de los herederos de informar, en un plazo de un año, el comienzo del procedimiento para adjudicarse una vivienda desocupada. Las compraventas, donaciones y permutas deberán continuar formalizándose ante notario. Las partes tendrán libertad para definir las condiciones del acuerdo, mientras no violen la legislación vigente.
Empresas privadas entrarán en programas constructivos
La normativa crea el Programa Nacional de Desarrollo Habitacional, en el que podrán intervenir empresas estatales, mipymes, cooperativas, inmobiliarias, microbrigadas y otras formas de gestión autorizadas. Las entidades económicas podrán destinar parte de sus utilidades a construir viviendas o ayudar a financiar casas para sus trabajadores.
Los gobiernos municipales estarán facultados para comprar inmuebles destinados a necesidades prioritarias y costear viviendas para personas vulnerables. También tendrán mayor responsabilidad en la creación de zonas urbanas.
La ley identifica a los jóvenes y a los residentes de barrios precarios como grupos prioritarios. Sin embargo, no fija plazos ni garantiza recursos para responder a la demanda. Tampoco soluciona la falta de cemento, acero, combustible y financiamiento que mantiene paralizados numerosos proyectos.
La reforma elimina además las reclamaciones administrativas contra decisiones de las direcciones municipales de la Vivienda. Los afectados deberán acudir directamente a los tribunales. Su aplicación dependerá de tres reglamentos y de la preparación de funcionarios, jueces y notarios.
