El Ministerio de Finanzas y Precios de Cuba ha oficializado la prórroga permanente de la exención arancelaria para la importación de productos esenciales, como alimentos, medicamentos e insumos de higiene.
Publicada en la Gaceta Oficial de la República, esta medida busca aliviar las tensiones del mercado interno y cargar toda la responsabilidad del abastecimiento de los cubanos hacia sus familiares y amigos en el exterior.
La Resolución 9/2026 establece que la importación sin carácter comercial de productos como alimentos, aseo y medicamentos continuará libre de aranceles de manera indefinida.
Las importaciones podrán realizarse a través de pasajeros como equipaje acompañado, sin límite en su valor, y en el caso del equipaje no acompañado, se autoriza un valor de hasta 500 USD o 50 kg.
Además, se permite que los envíos postales, marítimos o aéreos de personas naturales contengan productos por un valor de hasta 200 dólares o 20 kg. También se mantiene la exención de los primeros 30 USD de aranceles en cualquier envío, con un 30% de tarifa sobre los valores que excedan esta cantidad. Esta medida se mantendrá vigente mientras persistan las condiciones excepcionales que motivan su aplicación.
En cuanto a la Resolución 10/2026, se autoriza la importación de plantas eléctricas con una potencia superior a los 900 vatios, exentas de aranceles, con la condición de que se aplique un 30% de tarifa sobre el exceso de la carga importada. Esta exención responde a la crisis en el sistema eléctrico nacional y se mantendrá vigente mientras persistan los problemas de suministro eléctrico en el país.
La Resolución 4/2026 del Ministerio de Salud Pública también extiende la suspensión del límite de peso para la importación de medicamentos e insumos médicos hasta el 31 de enero de 2026.
Bajo esta normativa, los productos importados serán exentos del pago del Impuesto Aduanero y podrán ser enviados como equipaje no acompañado con un límite de 500 USD o 50 kg, o como envíos postales con un valor de hasta 200 USD o 20 kg.
Por su parte, la Resolución 34/2026 de la Aduana General de la República suspende la aplicación de la tabla de valoración por peso para los productos esenciales, como alimentos, aseo, medicamentos e insumos médicos, y aplica una nueva tabla de determinación de aranceles.
Alimentos exentos de aranceles al ingresar a Cuba
- Alimentos enlatados: atún, sardinas, vegetales en conserva.
- Cereales y pastas: arroz, fideos, avena.
- Galletas y productos de repostería: galletas, pan tostado, crackers.
- Bebidas en polvo: jugos, leche en polvo, bebidas energéticas.
- Snacks y productos envasados: papas fritas, galletas de chocolate, frutos secos.
- Aceites y condimentos: aceites de cocina, vinagre, especias.
Productos de aseo personal y doméstico permitidos sin aranceles
- Jabón: en barra y en gel.
- Shampoo y acondicionador.
- Pasta de dientes.
- Desodorantes.
- Toallas húmedas y pañuelos desechables.
- Detergentes para la ropa y limpiadores multiusos.
- Papel higiénico y toallas sanitarias.
Medicamentos permitidos sin aranceles en la Aduana Cubana
- Analgésicos: paracetamol, ibuprofeno, aspirina.
- Antibióticos: amoxicilina, penicilina.
- Antihistamínicos: loratadina.
- Vitaminas y suplementos: vitamina C, vitamina D, complejos vitamínicos.
- Medicamentos para enfermedades crónicas: insulina para diabéticos, medicamentos para la hipertensión.
- Medicamentos de uso común: cremas para la piel, antisépticos, soluciones salinas.
