En una reciente conversación, el periodista Mario J. Pentón y el abogado de inmigración Jesús Novo, del bufete Gallardo Law Firm en Miami, respondieron a diversas inquietudes de los seguidores sobre temas migratorios.
Durante la sesión de preguntas y respuestas, se abordaron situaciones complejas relacionadas con el proceso de residencia, la ley de ajuste cubano, el parole humanitario, y las implicaciones legales de la detención de inmigrantes.
Preguntas y respuestas de inmigración
- Parole humanitario, residencia aplicada. Me llegó ayer una carta diciendo enlistado para el servicio militar selectivo sin yo haber aplicado. ¿Qué significa esto y qué yo debería hacer?
Todas las personas que aplican a beneficios de inmigración tienen que registrarse para el servicio militar si son hombres en ciertas edades. No significa que te vayan a mandar a la guerra, pero es un registro obligatorio donde te preguntan si estás dispuesto a tomar las armas en defensa de EEUU.
- Soy I-220A sin corte 1000 días pedir la residencia y nada. ¿Qué más debo hacer, abogado?
Todavía te falta un poco de tiempo. En diciembre se tomarán decisiones sobre la ley I-220A en la Corte de Apelaciones Federal, y es posible que la resolución sea positiva. No te desesperes, mantente informado.
- Abogado, la verificación sabe cuando uno va, no sé qué quieres
Si vas al DMV para sacar tu licencia, deberían darte la respuesta de inmediato. Si hay complicaciones, puede tardar un poco, pero si eres residente o ciudadano, el proceso debería ser rápido.
- Hola, mi hijo está preso en inmigración, está a la espera de la residencia, lo pueden deportar, ¿no lo deportan bajo la ley de ajuste cubano?
Si solo tiene la petición de residencia, no tiene protección contra la deportación bajo la ley de ajuste cubano hasta que tenga la residencia. Si no ha aplicado a asilo, podría ser deportado, por lo que es importante buscar un abogado rápidamente.
- Tengo corte final para agosto del 26 y cita en noviembre 4 de este año. Corro peligro de detención, abogado.
No debería haber problemas si no estás detenido, pero hemos visto casos donde la gente es arrestada antes de su corte. Lo importante es no perder la cita y estar preparado.
- Aplicar la residencia con huellas hechas a corte en el 27. ¿Debería quitarme esa corte?
La corte permanecerá abierta hasta que recibas tu residencia. Una vez que la tengas, la corte debería cerrarse.
- Mi papá recibió confirmación de recibo de su aplicación para la Green card, pero aún no sale el caso en línea. ¿Eso es normal?
Es normal. La confirmación llegará primero en la cuenta en línea y luego por correo. No te preocupes, es parte del proceso.
- Los médicos y enfermeros que nos quedamos en México, ¿podemos ir a la frontera y pasar?
No te aconsejo intentar cruzar la frontera ahora. En este momento, la frontera no está facilitando el paso, incluso para médicos y enfermeros.
- Mi hermano está detenido con un holding, cumple 90 días desde que el gobierno no apeló. ¿Qué se puede hacer?
Si el gobierno no apeló dentro de los 30 días posteriores, tu hermano debe ser liberado. Si no lo han soltado, deberías buscar un abogado y considerar un habeas corpus.
- Tengo 320 días que apliqué a mi residencia bajo la ley de ajuste cubano por cónyuge. ¿Es normal que tarde tanto?
Sí, es normal. En estos tiempos, el procesamiento de la residencia puede tardar desde unos pocos meses hasta más de un año.
- Soy I-220A, esposa de un militar activo del Army. No me aprueban el paroling place militar hasta que mi jueza no me cierre la corte. ¿Crees que tenga oportunidad?
Si la corte se cierra, tienes muchas más oportunidades para que te aprueben el paroling place y luego ajustar tu estatus. Es posible, pero los jueces no suelen cerrar la corte sin un beneficio claro.
- Mi esposo está detenido por ICE, pero tiene sus papeles y tiene corte para el 2026. ¿Pudiera salir bajo fianza?
Si lo procesaron bajo el 236, tiene derecho a fianza. Si lo procesaron bajo el 235, no la tiene. Si es cubano y fue procesado bajo 236, podría ser liberado bajo fianza, dependiendo del caso.
- Quiero viajar a Cuba por la operación de mi mamá. Tengo asilo sobre sellado por un juez y tengo residencia CU6. ¿Puedo viajar a Cuba?
Tienes que estar consciente de los riesgos. Aunque no hay una prohibición formal, regresar a Cuba después de haber solicitado asilo puede ser interpretado como contradicción, por lo que podrías enfrentar problemas al regresar.
- Llevo 600 días esperando la residencia y el tiempo de procesamiento de la oficina que tiene mi caso ya está fuera de tiempo. ¿Qué debo hacer?
Haz un inquiry con USCIS y documenta bien la interacción. Si no recibes respuesta en el tiempo debido, podrías presentar una queja formal.
- ¿Qué tanto es eso de los 180 días para demandar al DHS?
Si el DHS no ha tomado acción, puedes demandar después de los 180 días. Si lo deseas, llámame para discutir los detalles.
- ¿Puede tener una consecuencia para mí por verificar mi permiso de trabajo si soy CBP One?
No debería haber consecuencias, pero entiendo que algunas personas temen que llame la atención a USCIS. Sin embargo, no veo un problema con verificarlo.
- ¿Cuáles son las posibilidades de obtener mi residencia si estoy en detención?
Si has aplicado bajo la ley de ajuste, el proceso podría llevar tiempo, pero generalmente te darán tiempo en detención mientras esperas la residencia. Sin embargo, siempre existe el riesgo de deportación.
- Una persona con asilo otorgado por un juez puede aplicar a ciudadanía a los 3 años?
Sí, si estás casado con un ciudadano estadounidense, puedes aplicar a los 3 años. Si no, debes esperar 5 años desde que recibiste tu residencia.
- ¿Qué puede hacer un parole humanitario que nunca aplicó para su ley de ajuste y tiene permiso de trabajo C9 y es detenido por ICE después de llevar 2 años en el país?
Si nunca aplicaste a la ley de ajuste ni a asilo, no tienes muchos beneficios. Si no tienes una petición familiar, podrías estar en peligro de deportación.
- Ya metí una I130 y me piden dos evidencias de mi cambio de apellido y solo tengo el acta de matrimonio. ¿Qué puedo hacer?
Si cambiaste tu apellido por matrimonio, tu acta de matrimonio debe ser suficiente. Si lo cambiaste por orden judicial, necesitarás una copia de la orden del juez.
- ¿Es recomendable hacer una nueva solicitud de permiso de trabajo?
Si tienes una nueva categoría por la cual solicitarlo, no hay problema en hacerlo.
- Me acaba de llegar el permiso de trabajo. Soy parole humanitario. Apliqué la residencia hace 16 meses. Tengo riesgo de ser arrestado y deportado.
Si no tienes ningún beneficio aún, sí corres el riesgo de ser deportado. Es recomendable haber solicitado asilo en su momento para tener más protección.
- ¿Qué recomendación tienes para una persona con corte en un mes y su jueza es Irene Recio?
Necesitas un caso fuerte de asilo. No lo hagas sin abogado, ya que la jueza es justa pero exige pruebas sólidas.
- ¿Es recomendable poner una moción de cierre de corte con asilo y residencia aplicados?
Aunque es recomendable intentarlo, es poco probable que te acepten el cierre sin tener la residencia en mano.

